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LA LEY PROHIBE FUMAR EN EL PASILLO Y PORTAL DEL EDIFICIO

La ley sobre el tabaco que entró en vigor el 2 de enero ha incluido un punto que ha pasado casi inadvertido, pero que es una vuelta de tuerca más sobre la legislación anterior. Se trata de que la prohibición de fumar no se restringe a todos los espacios públicos cerrados. En el apartado X del artículo 7, que es el que establece dónde está prohibido fumar, se incorpora una novedad: después de enumerar todas las posibilidades (bares, restaurantes, espacios educativos, sanitarios, paradas de autobús, estaciones, aeropuertos… etcétera), se añade que la restricción es de aplicación “en todos los demás espacios cerrados de uso público o colectivo”.

Es la última palabra de esta formulación la que añade a las prohibiciones unos espacios que hasta ahora no se encontraban incluidos. Según un documento interno del Ministerio de Sanidad para explicar la nueva normativa, en un apartado de preguntas más frecuentes, esta definición incluye “los pasillos, escaleras y portales de comunidades de vecinos”.

También se refiere a todas las zonas cerradas de las comunidades de vecinos (zonas de juegos, zonas comunes, piscinas, clubes sociales) salvo que sean “espacios al aire libre y que no estén acotadas como zonas infantiles”. Es decir, los vecinos no se podrán poner de acuerdo para que una sala de reuniones o que utilicen para otras actividades sea para fumadores. Tampoco podrán encenderse pitillos en el portal o en la escalera común. En los ascensores ya estaba prohibido.

En este documento, al que ha tenido acceso EL PAÍS y que podría considerarse un argumentario, también se explican los beneficios económicos para el Estado y las empresas de las prohibiciones de fumar.

En estas cuentas -que no se sabe cómo se han hecho, pero que se refieren a trabajos varios publicados por personas ajenas al ministerio-, se cifra el perjuicio del tabaquismo en las industrias en 8.781 millones de euros cada año, lo que quiere decir que “cada trabajador que fuma en España cuesta a su empresa unos 1.700 euros al año”, con datos de 2008.

Esta cifra se debe a tres aspectos: “Costes sanitarios directos atribuibles a la patología asociada a la exposición al humo ambiental de tabaco”, descenso de la productividad por el tiempo empleado en “los descansos para fumar” y el “absentismo laboral por patología asociada a la exposición al humo ambiental de tabaco” y los “costes de limpieza y mantenimiento de los edificios (lugares de trabajo)”.

En respuesta a las críticas de los hosteleros, que insisten en que la ley supondrá unas pérdidas del 10% de su facturación y de 70.000 puestos de trabajo, el Ministerio de Sanidad insiste en que “numerosos estudios realizados en países donde las leyes de control del tabaquismo entraron en vigor antes que en España han demostrado que estas no han tenido efectos negativos sobre el sector hostelero y en algún caso el efecto ha sido positivo”. Y el documento va más allá, y calcula que este sector sufre aún más los efectos del tabaquismo, “ya que al coste que genera el consumo de tabaco de los trabajadores, hay que sumarle el derivado del consumo de tabaco de los clientes”.

Eso quiere decir que en 2008 “el coste económico del tabaquismo en el sector hostelero, ascendió a 447,2 millones de euros”. Esta cifra se obtiene de la suma de tres partidas: 10,7 millones por el “absentismo laboral por enfermedades relacionadas con el consumo de tabaco”; 319 millones por la “pérdida de productividad por el consumo de tabaco en el lugar de trabajo”, y otros 117,4 millones de “costes adicionales de limpieza, mantenimiento y conservación de instalaciones”.

Lógicamente, que no se fume un año no quiere decir que todos estos costes se vayan a suprimir de golpe (los trabajadores seguirán enfermando si fuman, sea en casa o en horas de trabajo fuera de las instalaciones), pero Sanidad aventura que ya en el primer año “la aplicación de la ley, supondrá al sector hostelero, un ahorro de 90 millones de euros por los costes totales del tabaquismo (por la vía de los costes evitados)”.

El informe también recoge que el coste de las cinco enfermedades más frecuentes asociadas al tabaquismo (enfermedad coronaria, enfermoedad pulmonar obstructiva crónica, asma, cáncer de pulmón y enfermedad cerebrovascular) asciende a 7.695 millones de euros anuales.

No se hace mención a lo que se recauda en impuestos especiales (7.718 millones en 2009) o en IVA (1.728,4 millones el año pasado), pero está claro que si se suman los costes a las empresas y al Estado, el balance es negativo, sin contar el ahorro en vidas. Cada año, más de 50.000 personas mueren por el tabaco, de las que “una cuarta parte (26,5%) son muertes prematuras, ocurridas antes de los 65 años”.

Por eso una de las grandes ventajas de la futura ley es que se espera que el descenso del tabaquismo sea de entre el 3% y el 4%. En cambio, Sanidad admite que con una ley de prohibiciones parciales, como la actual, este descenso difícilmente podría pasar del 2%.



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